La Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 en su Artículo 24º establece que el Gobierno Regional realizará como mínimo dos Audiencias Públicas Regionales al año, una en la capital de la región y otra en la capital de una provincia, en la que se dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo buscando de esta manera propiciar el espacio donde la población tenga la oportunidad de manifestar su opinión e inquietudes.
Ley Transparencia N° 27806 | La presente Ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del Artículo 2°...
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N°27867 | Define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización...
Resolución de Nombramiento de los Responsables | Que conforme a la directiva "Normas sobre el Procediemiento de Transparencia y Acceso a la Información en el Pliego del Gobierno Regional de Tumbes"...